Uber pierde el caso contra Francia por operar con UberPop hasta 2015
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tjue) ha dado alas al Gobierno galo y a los estados miembros para que prohíban y sancionen el ejercicio ilegal de actividades de transporte. Uber retiró su servicio UberPop de Francia en 2015.
Uber se ve envuelta en una nueva pugna legal. Francia se ha visto empoderada para presentar cargos criminales contra ejecutivos locales de la empresa por operar con conductores sin licencia, según ha determinado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Tjue). El grupo estadounidense, a través de su servicio UberPop, permitía a los usuarios contactar con conductores particulares no profesionales a través de la app.
La empresa de transporte privado decidió cerrar este servicio en Francia en verano de 2015, tras abrirse el caso. Se produjo una situación similar en España, donde Uber se vio obligada a interrumpir sus servicios después de que un juez dictara la suspensión cautelar de UberPop, lo que supuso, por ejemplo, su retirada de Barcelona a finales de 2014.
El Tjue, que en diciembre del año pasado decidió que la actividad de Uber se enmarca en los servicios de una compañía de transporte y no de una empresa digital, también ha determinado que “los estados miembros pueden prohibir y sancionar, bajo la ley criminal, el ejercicio ilegal de actividades de transporte en el contexto del servicio UberPop, sin notificar por anticipado a la Comisión sobre proyectos de ley”.
UberPop podrá ser sancionada por los estados miembros sin que notifiquen por anticipado a la Comisión Europea
Estas declaraciones hacen referencia a los argumentos de Uber en el caso contra Francia, en el que aseguraba que el Gobierno galo debió haber pedido primero la autorización de la Comisión Europea para aprobar la ley de 2014 sobre transporte en taxis y plataformas digitales.
No obstante, el Tjue ha considerado que Uber estaba ofreciendo un servicio de transporte supeditado a la ley europea, por lo que la obligación de Francia de notificar a la Comisión por anticipado no correspondía. En ese sentido, el tribunal europeo ha indicado que el servicio de la compañía debe regirse por la legislación relativa al transporte y no del ámbito de la sociedad de la información.
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