La Agencia Española de Protección de Datos multa a Facebook y WhatsApp con 300.000 euros por cabeza
Según la Agencia Española de Protección de Datos, WhatsApp comunicó datos a Facebook sin haber obtenido el consentimiento válido de los usuarios, mientras que esta última trató estos datos para sus propios fines sin su consentimiento.
Multa para Facebook y Whatsapp. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha decidido sancionar a ambas empresas con 300.000 euros cada una por la existencia de dos infracciones graves de la Ley Orgánica de Protección de Datos. La entidad señala que WhatsApp comunicó datos a Facebook sin haber obtenido el consentimiento válido de los usuarios, mientras que esta último trató estos datos para sus propios fines sin su consentimiento.
WhatsApp pasó a manos de Facebook en 2014 y, dos años después, el grupo que lidera Mark Zuckerberg decidió actualizar los términos de su servicio y la política de privacidad. La aceptación de estos cambios fue obligatoria para los usuarios si querían hacer uso de la aplicación.
Según la Aepd, la información facilitada sobre a quién se pueden ceder los datos y la utilización que harán de estos “se ofrece de forma poco clara, con expresiones imprecisas e inconcretas que permiten deducir, sin duda o equivocación, la finalidad para la cual van a ser cedidos”.
Tampoco se ofreció a los usuarios la información adecuada ni la opción de mostrar su negativa a las mismas. La resolución de la Agencia recoge que la exigencia a los usuarios de que presenten su consentimiento como requisito para poder hacer uso de la aplicación de WhatsApp puede considerase como “algo que ejerce una influencia real en la libertad de elección del interesado”.