La Audiencia Nacional multa con 30.000 euros a subcontratadas de Orange por importunar a los clientes
La sala de lo contencioso-administrativo concluye que Global Telemarketing Solutions y Crosseling Operadores incurrieron en una “grave falta de diligencia” por no verificar que los usuarios habían manifestado su voluntad de no recibir llamadas.
Multa por molestar. La Audiencia Nacional ha ratificado la sanción de 30.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos a dos compañías subcontratadas por Orange. La razón: considera que estas incurrieron en una “grave falta de diligencia” por no verificar que los usuarios a los que llamaban ya habían manifestado su voluntad de no recibir comunicaciones de este tipo.
En ese aspecto, la sala de lo contencioso-administrativo ha desestimado los recursos de las empresas Global Telemarketing Solutions y Crosseling Operadores, que ofrecían el producto de Jazztel a clientes que habían solicitado su exclusión de la lista de llamadas, según El País.
De ahí nace, precisamente, la denuncia del demandante, que en 2013 había expresado su negativa a recibir publicidad por teléfono. Dos años más tarde, Jazztel confirmó al cliente su exclusión de la lista, lo cual no evitó que meses después los teleoperadores de Global Telemarketing volvieran a contactar con él. En el caso de Crosseling, la compañía tenía sus servicios subcontratados con Global Telemarketing a pesar de no contar con la autorización de Orange.
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