Sanción a Atresmedia: multa de 200.300 euros por sobrepasar el emplazamiento publicitario en Velvet
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia considera que la compañía cometió una infracción administrativa grave por sobrepasar los límites de emplazamiento publicitario de la marca Coca-Cola en la serie Velvet.
Multa para Atresmedia. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (Cnmc) ha impuesto una sanción de 200.300 euros al grupo de medios de comunicación por sobrepasar los límites de emplazamiento publicitario de la marca Coca-Cola en la serie Velvet de Antena 3 entre septiembre de 2015 y diciembre de 2016.
Del análisis llevado a cabo por la Cnmc se extrae la utilización de la marca estadounidense de forma recurrente en varios capítulos de la serie. Tal y como señala el organismo, en algunos de ellos se le ha dotado de una prominencia excesiva dentro de las escenas en las que se incluye el emplazamiento.
Según la Cnmc, la infracción de Atresmedia sería una “infracción administrativa grave” y de carácter continuado, que incumpliría el artículo 17.3 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (Lgca). En tal artículo se establece que “el emplazamiento no puede condicionar la responsabilidad ni la independencia del prestador del servicio de comunicación audiovisual”.
El artículo continúa con la especificación de que “tampoco puede incitar directamente la compra o arrendamientos de bienes y servicios, realizar promociones concretas de estos o dar prominencia indebida al producto”. A partir de su notificación, Atresmedia tendrá un plazo de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.
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